En caso de no estar de acuerdo con la calificación de los exámenes, los alumnos tienen dos vías de reclamación: la solicitud de una segunda corrección y la reclamación ante la comisión organizadora. Es importante comprender las diferencias entre ambas opciones, que explicamos a continuación:
- Solicitud de una segunda corrección de los ejercicios que considere incorrecta la aplicación de los criterios generales de evaluación y los específicos de corrección y calificación.
- Los ejercicios serán corregidos por un profesor especialista distinto al que realizó la primera corrección.
- La calificación será la media aritmética de las calificaciones de las dos correcciones.
- Si hubiera una diferencia de dos o más puntos entre las dos calificaciones, un tribunal distinto efectuará, de oficio, una tercera corrección. La calificación final será la media aritmética de las tres calificaciones.
- Sobre la calificación otorgada tras la doble corrección se podrá presentar reclamación ante la comisión organizadora, en el plazo de tres días hábiles.
- Solicitud de reclamación ante la comisión organizadora:
- Excluye la posibilidad de acogerse a la segunda corrección.
- Los ejercicios sobre los que se haya presentado la solicitud de reclamación serán revisados: “Con el objeto de verificar que todas las cuestiones han sido evaluadas con una correcta aplicación de los criterios generales de evaluación y específicos de corrección, así como la comprobación de que no existen errores materiales en el proceso de cálculo de la nota final”.
- El plazo de presentación será de tres días hábiles, a partir de la fecha de la publicación de las calificaciones.